Ley 446 de 28 de octubre de 2024

Se establece una moratoria hasta el 31 de diciembre de 2024 para el pago de intereses y recargos de varios impuestos, incluyendo el impuesto sobre la renta, el impuesto de inmuebles y el impuesto de aviso de operación. Esta moratoria aplica a personas naturales y/o jurídicas con deudas morosas en cobranza administrativa o coactiva, que al pagar el total de sus saldos se exonerarán de intereses, recargos y sanciones. Además, los contribuyentes, en condición de agentes de retención con morosidad en impuestos hasta junio de 2024, pueden saldar sus deudas hasta el 31 de diciembre de 2024 directamente con la Dirección General de Ingresos.

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